Ciudades CIDEU, Planes Estratégicos

Plan estratégico y plan de ordenamiento: concurrencias y diferencias

Establecer concurrencias y diferencias entre planes estratégicos de desarrollo y planes de ordenamiento territorial, es decisivo. En especial, en una isla donde el espíritu improvisado, dinámico, insurrecto y levantisco de muchos de sus líderes, los ubica en variadas posiciones de Estado o en el mismo centro de la sociedad civil. También en otros territorios continentales donde debiera existir más formación al respecto, acontece lo mismo, o sea, se confunden ambos procesos.

El municipio y la ciudad de Santiago de los Caballeros tienen en operación valiosas herramientas: el Plan Estratégico de Desarrollo (PES 2030) y el Plan de Ordenamiento Territorial. El tercer Plan Estratégico “Santiago 2030” consensuó la visión, 4 objetivos estratégicos, 50 proyectos estructurantes y 289 productos entregables y resultados esperados.

Es la agenda oficial de este territorio por mandato de la Ordenanza 3251-19. En el año 2020 reconfiguramos, en un contexto pandémico, la nueva agenda de desarrollo de Santiago al año 2030. Entre todas y todos asumimos cumplir lo que está pendiente, sobre lo cual tenemos inversión planificada, y asumir autocríticamente lo que por falta de recursos y voluntad política no hemos ejecutado. Por su parte, el Plan Municipal de Ordenamiento (PMOT) en este año, será relanzado con carácter y normas de reducción de riesgos, adaptación climática y protección de las zonas de vida y biodiversidad de la ciudad y los cinco distritos municipales.

Ambas herramientas tienen diferencias y concurrencias que muchas veces no son percibidas por aquellos que no escudriñan técnicamente la justa dimensión de los apelativos, categorías y conceptos. En nuestro caso, el Plan Ordenamiento Territorial transcurrió posterior a la formulación de la estrategia de desarrollo de Santiago, siendo incluso un proyecto pactado en el Primer Plan Estratégico (2002-2010).

Los estudios recopilados y presentados en los congresos y encuentros iberoamericanos del Centro de Desarrollo Estratégico Urbano (CIDEU), indican que los planes estratégicos son la indicación consensuada de los objetivos de actuación del conjunto social o, lo que es lo mismo, la concomitancia de sectores representativos de una sociedad concreta.

Plan estratégico es conciliación de poderes legales, reales y fácticos que actúan sobre un territorio, que permite pautar estrategias y proyectos de desarrollo. Por su parte, el ordenamiento territorial es una política pública normativa a nivel territorial para estructurar, organizar y establecer de forma sistémica, reglas claras de uso, valor de uso, ocupación y propiedad del territorio, que dispone una orientación de la economía y la población en el crecimiento urbano y rural esperado de un territorio.

El Plan Municipal de Ordenamiento Territorial (PMOT) indica, señala y establece ordenanzas, reglamentos y normas para señalizar entre otros grandes productos: i) el modelo de crecimiento urbano y rural que se va a imputar en un territorio, ii) las divisiones y las fronteras territoriales más importantes; iii) las líneas normativas para diseñar las grandes infraestructuras municipales, iv) los sistemas de orden para proteger los recursos naturales, las zonas de vida y la biodiversidad. Pero también, en el caso de Santiago, las ordenanzas para determinar el peso específico de la gestión de riesgo vinculada a la cuenca del Río Yaque y la microzonificación sísmica en las construcciones de la ciudad y el municipio, entre otras.

División político administrativo del municipio de Santiago

Los planes estratégicos siempre consideran el uso de suelo y el ordenamiento territorial. Establecen la formulación de los POT o los convierten en verdaderos insumos para consensuar el desarrollo. Pero también la sostenibilidad ambiental, la gobernabilidad, gobernanza, economía y el comportamiento demográfico de un territorio, así como los servicios sociales a ofertar a la ciudadanía y al crecimiento de la edificabilidad regular e irregular territorial. Con estos insumos claramente delimitados se moviliza la sociedad organizada y la ciudadanía de “a pie” para que plantee su sueño común.

Mientras desde el plan estratégico de desarrollo se trabaja la visión, los escenarios de desarrollo, es decir qué tipo de uso y extensión edificatoria pretendemos, así como las estrategias de un territorio y su sociedad; desde el ordenamiento territorial se establece la rectoría, regulación, organización y división física del espacio como plantea la Carta Europea de Ordenamiento Territorial y la Nueva Agenda Urbana, pactada por Naciones Unidas en ONU-Hábitat.

La concurrencia se garantiza cuando la formulación e implantación de los proyectos sinérgicos y estructurantes en el territorio acontece apegada a las leyes, normas y mandatos territoriales establecidos. Ni el plan estratégico, ni el plan de ordenamiento territorial son oficinas, organismos o estructuras de un organigrama, por el contrario, son predicciones y prospectivas estratégicas y normativas de desarrollo socio-territorial. La concurrencia entre el Plan Estratégico y el Ordenamiento Territorial acontece cuando se norma el privilegio y el fomento del espacio público sobre el espacio privado.

Hay concurrencia entre ambas herramientas cuando se reglamenta la expansión de la mancha urbana o la concentración-densificación edificatoria para promover el crecimiento vertical. También cuando se jerarquizan las vías urbanas como sistema y se reglamenta-controla la existencia de una malla viaria independiente. La concurrencia acontece cuando se legisla para promover la equidad socio-territorial y se evita la segregación y el fraccionamiento del territorio.

Igualmente cuando se norma el tipo de transporte público, se definen las reglas claras sobre el modelo de equipamiento urbano, y se evita colocar caóticamente en la ciudad cualquier trazado arquitectónico cosmético y artificial. La concurrencia acontece cuando el uso del hábitat se norma y se buscan respuestas colectivas a la vivienda, pero también se decide revalorizar el patrimonio histórico y arquitectónico del territorio. Definitivamente, estrategia territorial y orientación normativa del territorio, son un continuo sostenible de actuaciones en pro del desarrollo, que si releemos a Sergio Boisier, Manuel Castells, Jordi Borja o Rafael Emilio Yunén, aseguran la “trascendencia y mejoría ascendente de la calidad de vida de los seres humanos”, que es, en última y primera instancia, el propósito y la meta de todo desarrollo.

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